Por Nicolás Guerrero Cuate
De conformidad con la Ley del Seguro Social (“LSS”), los patrones al registrarse por primera vez o al cambiar de actividad deben autoclasificarse para efectos de la determinación y pago de las cuotas en el seguro de riesgos de trabajo, conforme al catálogo de actividades establecido por el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (“RLSS”), en el grupo económico, fracción y clase que en cada caso les corresponda, de acuerdo a su actividad.
Derivado de lo anterior, el Instituto Mexicano del Seguro Social (“IMSS”) tiene instrumentado en el país, un programa masivo de «invitación» a los patrones para regularizar y homologar la actividad manifestada ante dicho Instituto al inscribirse en el seguro de riesgos de trabajo, con la actividad manifestada ante el Servicio de Administración Tributaria («SAT») al solicitar su registro federal de contribuyentes, por lo cual los invita a adherirse a alguno de sus programas de regularización «voluntaria».
En dicho documento que viene dirigido al patrón o representante legal del mismo, el Instituto menciona que se le invita para que revise sí su empresa se encuentra bien clasificada para efectos del pago de cuotas en el seguro de riesgos de trabajo o si debe corregir su clasificación. En caso de aceptar la invitación, se le solicita que se presente en la Oficina de Clasificación de Empresas de la Subdelegación correspondiente a su registro patronal para que proporcione diversa documentación sobre el particular.
Dado lo anterior, es indispensable que se tenga especial cuidado con el aviso invitación en cada caso en particular, ya que, si la actividad manifestada ante el IMSS es distinta a la mencionada en el SAT, y ésta última es considerada de mayor riesgo, se generará una reclasificación que elevará la prima en el seguro de riesgos de trabajo, y por consiguiente, aumentará el pago de las cuotas generando contingencias económicas a los patrones.
Es evidente que el programa de regularización tiene una naturaleza recaudatoria, por lo que en caso de recibir el oficio invitación, es necesario que haga contacto con especialistas en materia de seguridad social para que procedan a revisar minuciosamente el oficio con objeto de establecer la estrategia para su atención.
Si requieren mayor información sobre el particular, los invitamos a contactarnos para proveerles nuestros comentarios y asesoría oportuna sobre cada caso en particular.
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La presente nota se emite únicamente con fines informativos, ya que contiene información general, por lo que de ninguna manera pretende incluir interpretación alguna de lo aquí comentado, pues no constituye una opinión legal de nuestra Firma. En caso de que usted requiera una opinión particular, nuestros especialistas están en la mayor disposición de resolver sus inquietudes.
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